Verdes Equo, a través de su Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar, ha registrado una pregunta en el Congreso de los Diputados, firmada por el diputado de Més Vicenç Vidal, en la que insta al Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico a paralizar las cacerías de lobos autorizadas por varias comunidades autónomas y a proteger al lobo en toda España.
La reciente aprobación de una enmienda en el Senado que excluye al lobo ibérico al norte del río Duero del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) ha generado preocupación en diversos sectores, tanto sociales como científicos, ya que esta decisión carece de justificación científica o técnica y no cuenta con la prescriptiva intervención de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
Verdes Equo afirma que la caza indiscriminada de lobos no puede realizarse sin un aval científico y sin respetar las normas europeas de conservación. La formación ecologista considera que cualquier acción que ponga en riesgo la conservación del lobo ibérico debe ser rechazada, no solo desde el punto de vista ambiental, sino también legal, para evitar sanciones europeas y proteger el equilibrio ecológico.
Para la coportavoz del partido verde Mar González “la convivencia con el lobo es posible y deseable. Modificar el LESRPE sin una evaluación científica rigurosa y sin seguir los procedimientos legales pertinentes compromete gravemente la continuidad del lobo y sienta un precedente preocupante en la gestión de las especies silvestres protegidas en España”.
Por todo ello, Verdes Equo ha preguntado al Gobierno:
· En vistas a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, y en relación con las iniciativas autonómicas para autorizar de nuevo la caza del lobo ibérico al norte del río Duero, ¿tiene ese Ministerio intención de recurrir los posibles permisos, o normas de los que se deriven, para matar lobos ante los tribunales de Justicia?
· ¿Se puede realmente modificar el estatus de una especie o sus poblaciones en el LESRPE sin cumplir con el procedimiento establecido específicamente para ello en la Ley 42/2007 y el RD 139/2011?
· A efectos de la protección de una especie silvestre incluida en el LESRPE, ¿considera ese Ministerio que debe prevalecer el criterio establecido en la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y el RD 139/2011, con dictamen informado del Comité de Fauna y Flora y de la Comisión Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, o una simple disposición final como la de la Ley 1/2025, de 1 de abril, de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, que modifica el LESRPE respecto al lobo ibérico sin justificación científica o técnica y sin intervención de la Comisión Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad?
· ¿Cuál es la intención de ese Ministerio respecto a esta aparente contradicción entre dos normas aprobadas con la misma jerarquía legal? ¿Se plantea ese Ministerio la interposición de algún tipo de recurso jurídico que resuelva el conflicto legal existente?